Con
una argumentación jurídica construida sobre hechos falsos, Barrick Gold
pretende revocar el fallo de los Tribunales Ambientales que determinó que la
sanción contra el proyecto Pascua Lama, aunque siendo la más alta posible, era
insuficiente considerando la totalidad de los daños al territorio.
Pastoral Salvaguarda de la Creación, Provincia de Huasco
Pastoral del Cuidado de la Creación, Iglesia Evangélica Presbiteriana
Comunidad Diaguita Los Tambos
Comunidad Diaguita Patay Co
Asociación de pequeños Agricultores de San Félix, AGA
Junta de Vecinos Piedras Juntas
Consejo de Defensa del Valle del Huasco
Pajareteros Alto del Carmen.
Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales, OLCA
El
lunes 29 de septiembre se realizaron en la Tercera sala de la Corte Suprema,
los alegatos por el recurso de casación interpuesto por Barrick Gold
contra el fallo del 3 de marzo del Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, el
que estableció, tal como pedían las comunidades que el proceso sancionatorio
para el caso Pascua Lama era deficiente y debía ser reabierto, pero ahora
incorporando todas las infracciones y considerando su impacto de manera
acumulativa y no fragmentaria como se había hecho.
Con
la presencia de representantes del territorio, la sala constituida por los
ministros titulares Rubén Ballesteros, Haroldo Brito y Carlos Cerda y las
ministras Rosa Egnem y Andrea Muñoz, escuchó desde las 8:30 hasta las 14:00
horas los alegatos de José Antonio Urrutia por parte de Barrick y de Cristián
Gandarillas y Alvaro Toro, representando a la empresa Agrícola Santa Mónica y a
las comunidades, respectivamente. Llama la atención que el abogado Lorenzo
Soto, una vez firmado el polémico acuerdo con algunas comunidades diaguitas pro
empresa, se “bajó” -como se dice en jerga jurídica- del recurso en el que
también era parte.
Urrutia
estableció que los Tribunales Ambientales se habían sobrepasado en sus
atribuciones pretendiendo suplantar a la Superintendencia en sus funciones,
pero es relevante que la Superintendencia no haya recurrido contra el fallo de
los Tribunales por considerarlo sólido y contundente.
Urrutia
llegó a decir que: “El Tribunal
Ambiental utiliza datos de Línea de base desactualizados y por tanto
equivocados, distintos de los que correspondía aplicar, llevándolo a
conclusiones equivocadas”, y de
hecho, pretendió hacer creer a la Corte que existía una
autorización para ocupar una nueva metodología de cálculo de niveles de alerta
de calidad de agua, más permisiva, con lo cual aquello que el Tribunal y las
comunidades acusan como contaminación, ya no sería tal porque no se superarían
los nuevos parámetros permisibles.
Sin
embargo, los abogados Gandarillas y Toro fueron claros en probar mediante
cartas del Servicio de Evaluación Ambiental, que el cambio de metodología
aludido por la empresa, aunque solicitado hace años, hasta el día de hoy no
tiene ninguna autorización. Con ello, y un sinnúmero de antecedentes más,
demostraron que el análisis y el veredicto del Tribunal Ambiental respecto de
las aguas era correcto, y sin sobrepasar las atribuciones que a la entidad le
competen, toda vez que los Tribunales Ambientales son los primeros en el país
en tener una conformación mixta, jurídica y técnica, y en virtud de ella
fallaron.
Hoy
en la mañana se informó que la señora Rosa Egnem había sido designada para
redactar el fallo, lo que indica que próximamente deberá publicarse el
veredicto de la Corte sobre este caso.
ASAMBLEA POR EL AGUA DEL GUASCO ALTO
Comité Ecológico y Cultural Esperanza
de Vida
Unidos por el AguaPastoral Salvaguarda de la Creación, Provincia de Huasco
Pastoral del Cuidado de la Creación, Iglesia Evangélica Presbiteriana
Comunidad Diaguita Los Tambos
Comunidad Diaguita Patay Co
Asociación de pequeños Agricultores de San Félix, AGA
Junta de Vecinos Piedras Juntas
Consejo de Defensa del Valle del Huasco
Pajareteros Alto del Carmen.
Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales, OLCA