sábado, 31 de marzo de 2012

POR FIN: FIN AL SECRETO DE LOS TRANSGÉNICOS

HISTÓRICO FALLO DE CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA CONFIRMA EL FIN AL SECRETO SOBRE TRANSGÉNICOS.

23 de Marzo: Un día después de la conmemoración del Día Mundial del Agua, el Consejo de Transparencia ratificó por unanimidad el fallo que pone fin al secreto sobre la ubicación exacta de los cultivos transgénicos.

"Esta decisión termina con el secretismo impuesto por MOnsanto y sus socios chilenos (entre ellos la semillera de Erik y Ena Von Baer) , sienta jurisprudencia y alienta la participación social en el debate sobre los transgénicos... las organizaciones y comunidades podrán ejercer libremente su derecho a conocer la ubicación exacta de los cultivos transgénicos de exportación, para defender sus cultivos...y resguardar las semillas y la soberanía alimentaria", afirma María Elena Rozas, a nombre de la Alianza por una Mejor calidad de Vida/RAP.

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Un precedente importante

Para la Alianza por una Mejor Calidad de Vida/RAP-Chile este fallo sienta un positivo precedente de transparencia que el gobierno debe tomar en cuenta en el proyecto enviado al Senado con el fin de extender los cultivos transgénicos al mercado interno. Este proyecto mantiene el secreto sobre esos eventuales cultivos. La Alianza  rechaza la iniciativa legal que busca la expansión de los transgénicos, por sus impactos en la biodiversidad, la soberanía alimentaria y la salud de los chilenos, especialmente de las comunidades de zonas rurales. Existen cada vez más investigaciones que asocian los transgénicos y su paquete tecnológico de plaguicidas,  con problemas crónicos como tumores, aumento de infertilidad y otros. También están gravemente afectados  los intereses de todos los productores agrícolas  convencionales y orgánicos, de los apicultores y los derechos de los consumidores. Los transgénicos resistentes a plaguicidas, van asociados a un mayor uso de agroquímicos como glifosato, lo que está comprobado ampliamente en Argentina y otros países del mundo.

 Tres años de dilación

La Alianza por una Mejor Calidad de vida (RAP/Chile) interpuso el recurso de amparo por denegación de información el 4 junio de 2009, primer día de vigencia de la Ley de Transparencia. Al cabo de una acuciosa investigación, el  25 de junio de 2010 el Consejo para la Transparencia notificó su resolución a María Elena Rozas al SAG y a Monsanto, entre otras empresas que intervinieron como terceros opuestos a la entrega de información. Los descargos empresariales sumaban aproximadamente 20.000 fojas. El 17 de julio de 2010,Monsanto apeló ante la Corte de Apelaciones de Santiago contra el Consejo de Transparencia acusándolo de ilegalidad por la resolución dictada pero se desistió en noviembre de 2011. Persistieron en la apelación Anasac –propiedad de Monsanto-  y los socios menores de la transnacional: Agrícola Aken Seeds; Agrícola Green Seed; Agrícola Winter Seed; Semillas Tuniche; Mansur Agricultural Service; Generación 2000; Agrícola Puruntun; Massai AgriculturalServices; Agrícola Huenchuñir y Hueche; Semameris; Pinto y Gajardo S.A.; Semillas KWS Chile; Sociedad Agrosearch; Cis Semillas; Hytech; Semillas Limagrain; junto a Erick Von Baer, Juan Francisco Gebauer Burmester y Nilo Lizama Arias.

En estos tres años los productores de transgénicos, apoyados por un bufete importante de abogados, no sólo acudieron a la Corte de Apelaciones, sino al Tribunal Constitucional de Chile, desplegando un intenso lobby   para revertir el fallo inicial del Consejo para la Transparencia. Sin embargo la convicción, la persistencia y la unidad de las organizaciones ambientales y sociales que conforman la Alianza por una Mejor Calidad de Vida, sumados al respaldo de la campaña Yo NO Quiero Transgénicos en Chile, rindieron finalmente sus frutos.



Otros fundamentos del fallo

El Consejo se apegó a los fundamentos de su resolución inicial, porque: “…mantener en reserva la ubicación de los lugares de cultivos transgénicos, no suministrará beneficios o ventajas.... Al contrario la publicidad de la información –dentro de un tema tan relevante como el medioambiental– proveerá, en opinión de este Consejo, un mayor beneficio para la sociedad y para el debate y la opinión pública”. Cita asimismo similar jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Corte Europea (febrero de 2009). En sus conclusiones, el Consejo para la Transparencia “declara que dicha información es pública y que, habiéndose rechazado todas las causales de secreto o reserva legales invocadas en el procedimiento, se procederá a acoger el amparo en esta parte. A mayor abundamiento, debe señalarse que el conocimiento de la información requerida permite el control social del procedimiento que utiliza el SAG para la internación y liberación en nuestro país de los OVM, así como para su fiscalización, existiendo un alto beneficio al revelar dicha información. En efecto, esto permitirá que el debate público sobre los transgénicos en Chile cuente con una mayor participación social. “



Asimismo la decisión cita nuevos fundamentos legales a favor de la transparencia, derivados de la modificación de la Ley de Bases del Medio Ambiente, lo cual  tuvo lugar después del primer fallo del Consejo.  El artículo 31 incorporado por la Ley N° 20.417, de 2010, consagra el derecho de acceder a la información de carácter ambiental incluyendo en ello (letra a) los organismos genéticamente modificados; y la interacción entre los elementos del medio ambiente, como el aire, el agua, el suelo, entre otros. La letra c) del mismo artículoincorpora, además'"Los actos administrativos relativos a materias ambientales, o que afecten o puedan afectar a los elementos y factores citados en las letras a) y b)...".



La parte resolutiva de la decisión del Consejo para la Transparencia establece:

“I. Acoger el amparo interpuesto por doña María Elena Rozas Flores en contra del Servicio Agrícola y Ganadero, entendiéndose éste restringido al literal a) de su solicitud de información, por las consideraciones indicadas en esta decisión. II. Requerir al Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero que: 1) Informe a doña María Elena Rozas Flores la ubicación exacta y el nombre del propietario y/o entidad responsable autorizados para cultivar y acopiar semilla transgénica de exportación como también para la experimentación científica en vegetales transgénicos, dentro de  15 días hábiles contados desde que la presente decisión se encuentre firme y ejecutoriada, bajo el apercibimiento de proceder según lo dispone el artículo 46 y siguientes de la  Ley de Transparencia.”



Daños a la apicultura

Para RAP-Chile, el fin del secretismo sobre la ubicación de los cultivos transgénicos favorecerá el ejercicio del control ciudadano sobre la posible contaminación genética ocasionada por estas empresas, con consecuencias en la biodiversidad y graves impactos de tipo económico y social en las actividades agrícolas mayoritarias del país –la agricultura convencional, la agricultura orgánica y  la apicultura. En este último rubro ya se han comprobado los daños anticipados por RAP-Chile en su solicitud al SAG y al Consejo de Transparencia. En la audiencia de enero el Consejo se interiorizó de la crítica situación de los apicultores, cuya producción se ha tornado inviable por las exigencias europeas de certificación de no contaminación por transgénicos. En esa oportunidad el dirigente apícola Diego Santa Cruz calificó como una “usurpación de territorio” y una amenaza para los  más de diez mil apicultores nacionales, la existencia de los 2.800 predios con cultivos transgénicos de exportación registrados por SAG. Sostuvo Santa Cruz que la coexistencia entre cultivos transgénicos y agricultura convencional es una falacia. El abogado Rodrigo Mora a su vezinformó al CPLT que a consecuencias de las nuevas normas dictadas por la Corte Europea respecto de la miel, existen 1500 toneladas de miel de la temporada pasada que no pudieron exportarse por estar contaminadas con transgénicos.