1. Hoy 15 de Septiembre como
Movimiento por el Agua y los Territorios nos hacemos parte de la lucha por la libertad de los presos políticos
mapuche en el Caso Iglesias, Pablo Trangol Galindo, Benito Trangol Galindo,
Ariel Trangol Galindo y Alfredo Tralcal Coche, que se encuentran en huelga de
hambre hace más de 100 días.
2. Declaramos que el único
terrorismo existente es del Estado bajo los poderes económicos y políticos que
atravesados por el capitalismo colonialista y extractivista, buscan imponer miedo
a un pueblo que lucha y defiende su territorio.
3. Exigimos Igualdad de
derechos, un Juicio justo y alejado del racismo y clasismo que han
caracterizado la forma de legislar y judicializar en Chile.
4. El llamado conflicto mapuche
y el terrorismo de Estado ejercido desde el Ejecutivo sólo favorece a quienes
se han enriquecido en virtud del desplazamiento territorial y el saqueo de
dichas tierras ancestrales.
5. Entendemos que esta
lucha es de todos y todas quienes hoy defendemos la tierra y aspiramos al
reconocimiento de una sociedad plurinacional en que se integren y respeten
diversas cosmovisiones.
6. Entendemos que al estar
gobernados bajo una Constitución impuesta por un Estado autoritario, heredero
de la dictadura cívico-militar, hemos sido despojados de nuestros derechos y
libertades legítimas a los cuales aluden las Convenciones internacionales sobre
DDHH.
7. El Caso Iglesias no es
más que un mecanismo para crear conflicto entre diversos sectores sociales con
el objetivo de someter a una moral hipócrita y draconiana.
8. Llamamos a todos los
sectores en pugna con el Estado a sumarse a esta denuncia, lucha y protesta por
la consecutiva persecusión y criminalización de los hermanos y hermanas mapuche,
a apoyar a los familiares de los presos en huelga de hambre y que actualmente
se encuentran en las Afueras de la Cárcel de Temuco.
9. Por último, nuestra
absoluta solidaridad con las demandas concretas de nuestros hermanos presos
políticos:
- Juicio Justo en plazo razonable.
- No aplicación de la Ley antiterrorista.
- No utilización de testigos sin rostro.
- Revocación de la medida cautelar de prisión preventiva.